Novedades

Fecha de Publicación

-

Categoría

Buscar Palabra Clave

02 Dic

Hoy el Ejecutivo pone en marcha el recibo de sueldo digital

A partir de este viernes las empresas pueden presentarse ante la Secretaría de Trabajo a fin de obtener la autorización que les permitirá generar el comprobante a través de la web. La nueva etapa potenciará el cruce de datos y la lucha contra el empleo en negro. Conozca los pasos a seguir.

Sin mediar anuncio alguno, el Gobierno nacional decidió dar el puntapié inicial para la implementación de una herramienta web varias veces prometida: el recibo de sueldo digital.

Para ello, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social dio a conocer la resolución 1455, publicada en el Boletín Oficial. Para acceder al texto completo de la norma
haga clic aquí.

Puntualmente, la flamante norma reglamenta "el régimen de autorización a los empleadores para emitir recibos de pago de salarios al personal en relación de dependencia, a través de formas electrónicas o digitales, en reemplazo de soporte en papel utilizado".

Al respecto, el consultor impositivo y previsional, Alberto Romero, adelantó que "es el primer paso para potenciar aún más el cruce de datos entre la ANSES, la AFIP y el Ministerio de Trabajo respecto a la nómina de empleados de cada empresa".

"De esta manera, será más fácil detectar casos de evasión en cargas sociales, trabajo en negro y controlar el pago de las asignaciones familiares", remarcó.

A manera de adelanto, Romero aseguró que "uno de los próximos pasos a seguir es la implementación del certificado laboral online".

Recibo de sueldo online
Desde el Ministerio de Trabajo precisaron que el recibo digital se implementará respetando "el ejercicio de los derechos de los trabajadores".

"Es por ellos que se establecen requisitos que aseguren la validez probatoria de los recibos emitidos de manera digital, la veracidad de sus enunciaciones, la intangibilidad de la remuneración allí descripta y el más eficaz contralor de su pago", puntualizaron desde la cartera que conduce Carlos Tomada.

Como primer paso, la resolución establece que "el empleador que solicite autorización para implementar la emisión de recibos de sueldos digitales, deberá efectuar una presentación ante la Secretaría de Trabajo que contenga los siguientes requisitos mínimos:

• Fundamentación general de la petición.
• Universo de trabajadores alcanzado por la medida.
• Protocolos y estándares tecnológicos utilizados para garantizar la seguridad, autenticidad, autoría, integridad e inalterabilidad de los recibos emitidos bajo estas modalidades.
• Cumplimiento de la forma y contenido necesario que debe poseer cada uno de los recibos.
• Declaración jurada del representante legal del empleador en cuanto a que la empresa reconocerá la autenticidad de los recibos emitidos en los términos de este régimen.
• Mecanismo de sustitución del soporte papel.
• Procesos operativos de flujo electrónico que permitan considerar la trazabilidad de los casos sujetos a dicho régimen.
• Modo de asegurar el pleno acceso de los trabajadores a sus recibos emitidos, conforme la reglamentación, fuera del establecimiento y de forma personal y privada.
• Acciones de contingencia para la guarda y recuperación de los recibos, sin afectación alguna a su contenido.

"Deberá garantizarse la recepción del documento al trabajador mediante su acceso a Intranet de la organización por canal seguro, por usuario y clave, con plazo adecuado de visualización", agrega la norma.

"Asimismo, se deberán arbitrar los medios para posibilitar su eventual impresión de manera gratuita por parte del interesado", agrega el Ministerio de Trabajo.

Una vez efectuada la presentación, la Secretaría de Trabajo evaluará la procedencia de la solicitud de autorización y, previa opinión de las áreas técnicas y jurídicas, se pronunciará sobre su admisibilidad.

En igual sentido, la Secretaría podrá requerir a la empresa solicitante "el suministro de información adicional o sugerir las adecuaciones que estime pertinentes para considerar la viabilidad de la petición".

Como requerimiento extra, los ejemplares de recibos digitales deberán contener la siguiente mención: "La empresa reconoce la autenticidad, autoría e integridad del presente documento".

Una cuestión de costos
Por su parte, Carlos Oidowski Avalos, miembro del estudio Hoch, Arinovich & Asociados, sostuvo que la nueva medida "busca abaratar el tema de la impresión en papel y el consiguiente archivo de los recibos, debido al gran volumen de documentación que mueven las grandes compañías".

"Se trata de un sistema por medio del cual se pueden enviar los recibos de sueldos a los empleados vía una Intranet (red interna de la empresa), en forma digital, indicó el experto.

Este mecanismo -explicó Oidowski-, debe contar "con las normas y protocolos de seguridad específicos dictados en las normas que regulan el tema de la firma digital, y con las validaciones necesarias para que dicha firma del empleador pueda ser considerada legal. Esto asegura que provienen realmente del empleador y, al mismo tiempo, también se debe asegurar que la respuesta de recepción fue entregada verdaderamente por el trabajador".

"Con la instalación de terminales o algún otro medio o soporte, se debe garantizar que el empleado pueda bajar la información e imprimirla -si así lo desea-. Y, además, debe permitir que los dependientes puedan acceder a dicha información (la de sus recibos de sueldos) fuera del establecimiento, en forma personal y privada", concluyó.

Un paso hacia el futuro
El consultor tributario Iván Sasovsky explicó que la nueva normativa "muestra la adaptación de las normas a la `costumbre´ como fuente de derecho, dado que en muchos casos esto ya funciona operativamente".

"Es importante que, siempre que se respeten los derechos y no se afecten las garantías, las cuestiones formales se vayan `aggiornando´ y, de alguna forma, se adapten a los cambios que se presentan por el desarrollo tecnológico", sostuvo.

Y agregó: "En cuanto a la aplicación efectiva de la resolución, el trámite para la solicitud del novedoso método parece sencillo, lo que de alguna forma facilitará su adhesión".

"A mi entender, esta norma es ajustada y, de alguna forma, hace un reconocimiento de las herramientas y de las tecnologías de las que, hoy por hoy, pueden disponer las empresas para su desarrollo y ahorro en sus estructuras de costos", señaló el especialista.

"Esto da un puntapié para que el resto de los organismos estatales permitan optimizar recursos empresarios, cuando de cuestiones pura y exclusivamente formales se trate", concluyó Sasovsky.

Servicios

Societaria

Societaria

Se asesora en la formación de la mejor conveniencia de tipos de sociedades dependiendo la actividad económica a emprender y el grupo de empresarios que la forman.Esta área monito...

Sistemas

Sistemas

Desarrollamos un software con plataforma unificada para que pueda ser operado por cualquiera de nuestros profesionales del estudio contable, de esta manera nos mantenemos on line c...

Laboral

Laboral

Se realizan las liquidaciones de haberes mensuales o quincenales como asi también el asesoramiento en materia de obras sociales, sindicales, seguro de trabajo, jubilaciones y con...

Impositiva

Impositiva

En materia tributaria se aplican las normativas nacionales, provinciales y municipales, dependiendo de cada organismo.El asesoramiento abarca las liquidaciones de impuestos "in c...

Económica y Financiera

Económica y Financiera

Se realizan estudios de punto de equilibrio y rentabilidad por línea de productos, como también la incidencia de los gastos sobre las ventas y la participación de cada uno de ell...

Auditoría

Auditoría

Se aplican técnicas de auditorias globales o por muestreo para contraponer la documentación comercial con la realidad económica.Trabajando en equipos de auditores y buscando que se...

Pico 1641 4º A (C1429EEC) - CABA - Argentina | (54+11) 5252-9996 | Razón Social: PABLO DARIO ROSENBLAT CUIT 20-20005427-0 | Todos los derechos reservados 2023 | by ideas2