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19 Nov

Sin Presupuesto, la AFIP deberá retener un monto extra a los empleados

La iniciativa, que se encuentra trabada en el Congreso, constituye la única vía para darle legalidad al alivio en Ganancias que ya fue reglamentado por el fisco. De manera retroactiva, los solteros comenzaron a pagar el tributo a partir de un sueldo mensual de $4.818 y los casados desde 6.662 pesos.

De no aprobarse el proyecto de Presupuesto nacional 2011, que se encuentra trabado en el Congreso, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) deberá retener un monto extra a los empleados que pagan el Impuesto a las Ganancias. Y esto es así, porque no se ratificaría el alivio en el tributo que rige -de manera retroactiva- desde principios de año.

Puntualmente, el incremento del piso de tributación, que ya fue implementado y reglamentado por el fisco nacional en julio pasado, no contará con un requisito indispensable para su validez: el respectivo aval legal.

Por lo tanto, de acuerdo a la reglamentación vigente, la retención extra -en concepto del impuesto no ingresado- será soportada por los empleados solteros que cobran un sueldo mensual mayor a $4.818 y los casados que superan los 6.662 pesos.

Impacto de la devolución en el bolsillo
A fin de conocer el impacto en el bolsillo de los trabajadores de la retención del monto extra en Ganancias, Marcos Goshi, miembro del Estudio Lisicki, Litvin & Asociados preparó los siguientes ejemplos:

De esta manera, de no aprobarse el Presupuesto, los solteros que perciben entre $4.015 y $4.818 netos mensuales no recibirán en marzo próximo el total del ingreso retenido desde principio de año hasta junio pasado. En efecto, a quienes ganen $4.818 no se les reintegrará los $284 extras.

Lo mismo sucederá con los empleados casados con dos hijos que ganen entre $5.554 y $6.662 netos mensuales, quienes no verán aumentado en marzo de 2011 el ingreso de bolsillo por el total de las retenciones en Ganancias sufridas en el primer semestre del año. Así, quienes perciben $6.662 dejarán de recibir $391 extras.

De tratarse de un sueldo neto mensual de $7.000 el alivio que perderán será de $1.272 para solteros y de $646 para casados con dos hijos.

Asimismo, ante un salario de $9.000, la cifra que deberá ser reintegrada al fisco será de $1.472, en el caso de solteros, y de $1.738 para casados con hijos.

Por otra parte, para los asalariados que ganen $12.000, dicho importe será de $1.798 (solteros) y de $2.202 (casados).

Para un salario de $15.000 el monto será de $2.183 (solteros) y de $2.604 (casados con dos hijos).

A su vez, ante un ingreso de $18.000, el monto será de $1.401 y $2.701, para solteros y casados con dos hijos, respectivamente.

Sin dejar de lado el panorama que se presenta, reconocidos tributaristas consultados por iProfesional.com, que prefirieron preservar su identidad, adelantaron que también es factible la firma de un nuevo decreto presidencial que avale el alivio en Ganancias, hasta tanto sea refrendado el tratamiento del Presupuesto por el Congreso de la Nación.

Reglamentación de la AFIP
A través de las resoluciones 2866 y 2867, el fisco estableció desde julio pasado -y retroactivo a todo el 2010- la actualización del mínimo no imponible y de las respectivas cargas de familia:

La normas puntualizan que los nuevos valores deberán ser tenidos en cuenta para calcular las retenciones en Ganancias "correspondientes a los meses de julio a diciembre de 2010".

"Las diferencias que, por aplicación de los nuevos importes pudieran generarse a favor de los empleados, se computarán contra las retenciones a practicarse en los meses restantes del período fiscal", agrega la norma.

Reforma incompleta
Más allá de poder obtener el aval legislativo, desde PricewaterhouseCoopers (PWC), Andrés Edelstein, socio del área legal e impositiva, advirtió oportunamente que para que sea una reforma completa "también deberían modificarse los tramos de la escala progresiva para que los mismos resulten acordes a la situación económica actual y la capacidad contributiva de los empresas y particulares".

"De lo contrario, superado el nivel de imposición mínimo, una gran cantidad de contribuyentes seguirán tributando las alícuotas más elevadas que prevé la ley del gravamen", aseguró el especialista.

 

En tanto, Guillermo Fernández, coordinador de la Comisión Tributaria de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce), advirtió que "al no ajustarse los tramos de la escala de aplicación del impuesto, los ingresos mensuales que excedan los nuevos pisos salariales quedarán gravados con alícuotas elevadas".

Desde el estudio Lisicki, Litvin & Asociados, Gabriela Rigoni, reforzó la idea al señalar que "de no modificarse el esquema, es más fácil que un empleado quede alcanzado por las alícuotas más altas, aún cuando obtenga los mismos ingresos reales que hace años atrás, porque el incremento nominal salarial quedó compensado -total o parcialmente- por el efecto inflacionario".

Asimismo, Mario Volman, socio de Kaplan, Volman y Asociados, argumentó que "si la suba de las deducciones personales no se la complementa con la actualización total del esquema de alícuotas progresivas, habrá numerosas personas que saltarán de tasa debido a la actualización por inflación de las rentas sufriendo un mayor impacto del impuesto".

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