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ivaSimple
10/11/2025

Desde cuándo es obligatorio el uso del IVA Simple y qué módulos deben aplicarse

El artículo aclara desde qué mes es obligatorio el IVA Simple, detalla los módulos involucrados y explica el período optativo de implementación.

La Resolución General (ARCA) Nº 5705 estableció que la obligatoriedad del IVA Simple es para las declaraciones juradas de noviembre 2025 en adelante. Por lo tanto, el periodo optativo es para la declaración jurada de junio a octubre, ambas inclusive.

Sin embargo, es importante hacer una serie de aclaraciones en relación a los módulos ya que, como sabemos bien, siempre que hablamos de IVA Simple estamos haciendo referencia a tres módulos según la normativa:

1.Módulo 1 de registración.

2. Módulo 2 de determinación.

3. Módulo 3 de saldo.

Aunque en la práctica vamos a encontrarnos que desde un enfoque sistémico en realidad se trata básicamente de dos módulos:

1.Módulo 1 de registración dando por resultado el Formulario 2083 del libro de IVA digital.

2. Módulo 2 de determinación y saldo el que da por resultado el Formulario 2051 de declaración jurada.

En este sentido, no cabe duda que ambos módulos deben utilizarse de manera obligatoria con la declaración jurada de noviembre 2025 en adelante. Si bien es cierto que se podrán unificarse el Formulario 2083 y el Formulario 2051 a partir de estas declaraciones juradas, lo cual al día de hoy no sabemos, lo cierto es que estos dos módulos consecutivos son los que deben utilizarse.

Ahora bien, es preciso destacar que para las declaraciones juradas de junio a octubre 2025, ambas inclusive, es optativo el método del IVA Simple, subsistiendo con los métodos tradicionales.

Más allá de todo lo indicado o señalado, el Módulo 1 de registración el cual da por resultado el Libro de IVA Digital (Formulario 2083) reemplazó al libro de IVA digital tradicional que venía aplicándose con las declaraciones juradas de enero a mayo 2025, ambas inclusive, por lo que el Módulo 1 es necesario para obtener el libro digital y aplica de manera obligatoria con sus nuevas aperturas para la declaración jurada de junio 2025 en adelante. Esto implicó en la práctica un adelantamiento en la aplicación del Módulo 1, el cual tiene nuevas aperturas en relación al libro de IVA tradicional digital que se aplicó para las declaraciones juradas de enero a mayo 2025, ambas inclusive.

Todo lo expuesto ha producido que en la práctica lo que se convierte en obligatorio a partir de la declaración jurada de noviembre que vence en diciembre es sin lugar a dudas el uso del Módulo 2 de determinación y saldo el que da por resultado la declaración jurada 2051. Incluso, es este Módulo 2 el cual es optativo para las declaraciones juradas de junio a octubre, ambas inclusive.

Por Richard Amaro Gómez