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Intercambio fiscal: ARCA recibirá datos de cuentas en el exterior desde 2026
El nuevo panorama para los cobros del exterior en Argentina
El nuevo marco que detallaremos es posible gracias a dos normativas a las que Argentina ya adhirió. La primera es el CRS 2.0 (“Estándar Común de Reporte 2.0”) de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico). El restante es el CARF (en español, “Marco de Información sobre Criptoactivos”).
Con respecto al CRS 2.0, es sensato hacer varias aclaraciones. La primera es que la implementación del estándar en Argentina todavía no fue reglamentada; al 12 de febrero de 2026, aún no se publicó en el Boletín Oficial una resolución que reglamente su funcionamiento.
En segundo lugar, se debe considerar que la recolección de datos comienza en 2026 y no es retroactiva. Para 2027, la ARCA recibirá los primeros informes, que contendrá, entre otros, los siguientes datos:
Información personal y CUIT del titular de la cuenta.
Saldos al 31 de diciembre de 2026.
Total anual de ingresos.
¿Y qué plataformas se verían afectadas por el CRS 2.0?. Todas aquellas entidades financieras reguladas en las que se realicen transacciones con dinero electrónico. Es decir, abarca las fintech y billeteras virtuales, que deberán informar al fisco de su país de origen para que este organismo traslade la información a ARCA.
Situación según el país y la plataforma
La relación entre las plataformas extranjeras, el fisco local y ARCA variará según el país donde la empresa se encuentre radicada.
Por ejemplo, Estados Unidos no participa en el CRS 2.0. Esto significa que plataformas como PayPal y Wallbit, por citar dos casos, no envían reportes detallados de cuentas de sus clientes. Sí, en cambio, pueden compartir datos puntuales de dividendos por intereses o ingresos generados en territorio estadounidense, pero con menos detalle que el CRS 2.0.
Otra plataforma muy usada en Argentina, Payoneer, se encuentra en una especie de “limbo”. Por un lado, reporta datos sobre las cuentas en dólares, en línea con FATCA (“Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas Extranjeras” de Estados Unidos). Esta ley obliga a reportar cuentas de personas estadounidenses, no necesariamente de argentinos, salvo que haya conexión fiscal con EE.UU.
No obstante, la tarjeta Payoneer, emitida bajo las leyes de Irlanda, sí entra en el reporte del CRS 2.0. También aplica este protocolo para otras plataformas con sede en países de la Unión Europea o Reino Unido, como Wise.
¿Y qué pasa con las transferencias de criptomonedas?
En este contexto de cambios regulatorios, ¿qué pasa con las operaciones con criptomonedas? Hasta la fecha, Argentina no adhirió al protocolo CARF, pero los exchanges locales sí están alcanzados por obligaciones de reporte fiscal hacia ARCA.
De acuerdo con la normativa publicada por el fisco respecto a la “economía digital”, estas plataformas informan:
Datos sobre las cuentas de sus clientes.
Montos totales de ingresos y egresos para cada periodo fiscal (el próximo finaliza en marzo de 2026).
Saldo final mensual.
Tanto los movimientos del periodo fiscal como el saldo final mensual se informan solo si se supera el mínimo de ARS 50 millones para personas humanas y ARS 30 millones para personas jurídicas.
Si el usuario tiene saldo en moneda extranjera, moneda digital o criptomonedas en las plataformas reguladas en Argentina, este se debe convertir a pesos argentinos (siguiendo la normativa cambiaria vigente) para los informes fiscales.
Finalmente, debemos diferenciar las transferencias de criptomonedas emitidas por entidades centralizadas (como las stablecoins USDT y USDC), que sí deben cumplir con normativas fiscales en los países donde operan, de las transferencias con criptomonedas descentralizadas, como Bitcoin. En este último caso —y al menos por ahora—, las transacciones entre pares no se reportan de forma automática a los fiscos nacionales.
Ocuparse, mas no preocuparse
De todo lo desarrollado, se puede concluir que las nuevas regulaciones no suponen cambios operativos drásticos para los usuarios, pero sí demandan mayor rigurosidad a la hora de justificar los ingresos en cuentas extranjeras.
No es ni será ilegal tener cuentas o dinero en plataformas del exterior. No obstante, sí se exigirá coherencia entre los ingresos declarados y lo que reflejen los informes entregados al fisco argentino.