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Se establece a partir del 1/1/2005 una asignación no remunerativa de PESOS CIEN ($ 100) mensuales para todos los trabajadores del sector privado en relación de dependencia.Destacamos como puntos relevantes:a) La asignación no remunerativa es distinta e independiente de las sumas fijadas por el D. 1347/2003 y las surgidas por la aplicación del D. 392/2003. Asimismo, se dispone que la suma establecida en el art. 1 del D. 1347/2003 tendrá carácter remunerativo y ascenderá a un total de PESOS SESENTA ($ 60), debiendo ser incorporada, a partir del 1/4/2005, a las remuneraciones de los trabajadores vigentes al 31/3/2005.b) Los sectores, actividades o empresas que hubiesen acordado colectivamente, a partir del 1/9/2004, otros incrementos remunerativos o no sobre los ingresos de los trabajadores podrán compensarlos hasta su concurrencia con la asignación que se crea por el presente decreto, cuando en el convenio o acuerdo se haya previsto esa posibilidad.Los empleadores que…
Domingo, 06 Septiembre 2009 09:42
Publicado en Laboral
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) pagará -a partir de este mes- la ayuda escolar anual correspondiente al ciclo lectivo 2009 a todos los trabajadores en relación de dependencia, beneficiarios de las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (ART), beneficiarios de la prestación por desempleo y jubilados y pensionados, que tengan derecho al cobro de la asignación por hijo o hijo con discapacidad.Según informó el organismo, el esquema de pagos es el siguiente:- Jubilados y pensionados: con los haberes de febrero. - Beneficiarios de la prestación por desempleo: con la cuota correspondiente a febrero. - Trabajadores de empresas incorporadas al Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF): durante marzo y abril. - Trabajadores que cobran las asignaciones familiares a través sus empleadores: con los haberes del mensual febrero.El monto general de la asignación familiar es de $170 y varía en el caso de los trabajadores en relación de dependencia que…
Jueves, 05 Febrero 2009 16:11
Publicado en Laboral
Se crea el "Registro de Operaciones Inmobiliarias". Están obligadas a inscribirse las personas físicas, sucesiones indivisas, sociedades, fideicomisos, condominios, asociaciones y demás entidades constituidas en el país, incluidos los establecimientos estables pertenecientes a sujetos del exterior, que realicen -por cuenta propia o por cuenta y orden de terceros- en forma habitual operaciones de compraventa y/o locación de bienes inmuebles. Se consideran operaciones realizadas en forma habitual: * La intermediación en la compra venta y/o locación -alquiler o arrendamiento- de bienes inmuebles, percibiendo comisión o retribución; * El alquiler o arrendamiento, por cuenta propia, de cinco (5) o más bienes inmuebles y/o -independientemente del número de inmuebles- la percepción o devengamiento en favor de su propietario o condómino de rentas por tales operaciones de un monto igual o superior a ocho mil pesos ($ 8.000) mensuales y/o noventa y seis mil pesos ($ 96.000) anuales. El empadronamiento general deberá realizarse a…
Miércoles, 13 Diciembre 2006 07:30
Publicado en Impositiva
La AFIP dispuso que todos los administradores deben informar los montos de expensas y contribuciones para gastos que abonen durante cada semestre los propietarios de casas en Countries, Barrios Cerrados, etc. y los propietarios de Departamentos en Edificios que superen los 100 m2.De este modo la AFIP puede ver un monto importartante del monto consumido, que compará con lo declarado en la declaración jurada del impuesto a las ganancias.
Lunes, 27 Noviembre 2006 12:39
Publicado en Impositiva
Se prorrogó hasta el 01/03/2007 la obligación de constitución de la garantía de actuación para los Impotadores/Exportadores que NO acreditaban solvencia Económica.
Lunes, 27 Noviembre 2006 11:47
Publicado en Impositiva
La AFIP – ADUANA a partir del 20 de octubre del corriente año hará caducar las inscripciones en el registro de Importadores y Exportadores a quienes No se encuentren inscriptos en el IVA o el Monotributo y a todos los que No hayan registrado operaciones aduaneras entre el 01/01/2004 y el 10/10/2006.A su vez la AFIP esta haciendo una evaluación en forma automática, en función de la información que surge de las declaraciones juradas presentadas, de los montos de ventas brutas del año calendario inmediato anterior o del Patrimonio Neto declarado, para determinar si hay solvencia económica. Los parámetros que la AFIP exige son de ventas anuales o patrimonio neto de $ 300.000.A partir del 20 de octubre de 2006 se podrá consultar en la página Web de la AFIP si el contribuyente tiene solvencia económica.Los sujetos que en la primera evaluación No acrediten la solvencia económica exigida para seguir…
Martes, 17 Octubre 2006 13:30
Publicado en Impositiva

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