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24 May

¿Se descongela la factura de crédito?

El aumento del monto mínimo a $6.000.000 para emitir Facturas de Crédito Electrónicos, ha prácticamente congelado el Régimen existente

El aumento del monto mínimo a $ 6.000.000 para emitir Facturas de Crédito Electrónicos dispuesto por la Resolución (SSP-MPYT) 10/2019, ha prácticamente congelado el Régimen.

Ahora, se ha conocido que la Secretaría de Simplificación Productiva está trabajando en un nuevo cronograma de implementación de la Factura de Crédito Electrónica con una baja gradual pero rápida de ese monto mínimo.

En ese sentido, la Secretaría a puesto a disposición el Proyecto de Resolución para que los actores involucrados en el Régimen aporten sus comentarios y que puedan ser analizados.

Esto es positivo ya que le permitiría analizar los comentarios y sugerencias y dictar una nueva Resolución que no se deba luego modificar en el corto plazo.

No obstante, por las complejidades en la implementación del Régimen no se pueden descartar posteriores ajustes.

El Cronograma de incorporación al régimen de las empresas "grandes" conforme las actividades desarrolladas no se modifica.

Es decir, se continúan con las mismas fechas de implementación que establece el Anexo de la Resolución (SSP-MPYT) 5/2019.

El proyecto establece una baja paulatina del monto mínimo para emitir FCE. Se pasa de $6.000.000 a $2.000.000, luego a $1.000.000 y finalmente a $100.000 en un término de 4 a 6 meses según las actividades de las empresas "grandes".

Esto implica que en Diciembre 2019, ya se aplicaría el mínimo de $100.000 para todos los casos.

Si bien este importe es el doble que el establecido por la Resolución (SSP-MPYT) 5/2019, que indicaba un importe mínimo de $50.000, luciría razonable por lo menos en el primer año de implementación.

La AFIP tenía tiempo hasta el 10 de mayo del corriente para elaborar el nuevo listado de empresas grandes conforme las ventas del año 2018 pero, a la fecha, aún no lo ha dado a conocer.

En relación al Listado, el Proyecto de Resolución establece una modificación muy importante al definir desde qué fecha debe recibir FCE una nueva empresa que se incorpora al listado.

El proyecto indica que queda sujeta al régimen a partir del día 1 de Septiembre posterior a la publicación del listado.

Es decir, las nuevas empresas que se incorporen tendrían los meses de mayo, junio, julio y agosto para adecuar sus sistemas y procesos y poder comenzar a recibir FCE.

Respecto de las bajas del listado de empresas grandes, el Proyecto establece que esas empresas dejarán de ser sujetos obligados recibir FCE a partir del día 1°de Julio posterior a la publicación de la actualización anual.

Sin embargo, y solamente por el año 2019, las empresas que se excluyan del nuevo listado que confeccione la AFIP tomando en cuenta las ventas de 2018, quedarán automáticamente excluidas.

Esto también es muy razonable debido a que no tiene sentido exigir a las empresas que adecúen sus sitemas para luego dejar de estar obligadas a recibir FCE en el término de dos meses.

El proyecto de Resolución de la SSP tornaría operativo al Régimen de Factura de Crédito Electrónica al disminuir en forma gradual pero rápidamente, los montos mínimos para emitir ese tipo de comprobante.

Todos los actores del régimen, deberán adecuar sus sistemas y procesos, especialmente las "Empresas Grandes".

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