23 Sep

Blanqueo: AFIP recuerda que el 31/10/16 vence el plazo para exteriorizar depósitos en efectivo

El organismo aconseja no esperar hasta el último día para depositar el efectivo de moneda nacional o extranjera que no se haya declarado 

El ritmo de exteriorización de activos que fue establecido por la Ley 27.260 parece muy lento, a menos de 40 días de vencimiento del primer plazo que corresponde a las tenencias de efectivo, sea en la moneda nacional, o extranjera.

Por eso la AFIP consideró apropiado recordar a los contribuyentes no esperar hasta último momento, porque "no habrá prórrogas", pese a que el secretario de Finanzas, Luis Caputo, había alertado que "los bancos no están contribuyendo", porque toman demasiados prevenciones por las normas de lavado de dinero e ingresos asociados al narcotráfico y otros delitos extremos.

Los tres primeros pasos a seguir:

1. Gestionar una cuenta especial en cualquier entidad bancaria

2. Indicar la Clave Bancaria Única (CBU) de la cuenta en la cual se depositará el dinero, el monto total y el tipo de moneda.

3. Depositar el dinero en el banco.

El dinero declarado puede utilizarse inmediatamente para comprar cualquier bien registrable, como un automotor o una propiedad inmueble, de lo contrario deberá quedar indisponible en la cuenta especial bancaria por el transcurso de 6 meses, hasta el 30 de abril del año próximo.

Recuerda el organismo que encabeza Alberto Abad que para facilitar la planificación a los ciudadanos, la AFIP cuenta con un simulador al que se puede acceder a través de la página de internet: http://www.afip.gob.ar/sinceramiento/simulador/default.asp, o bien descargarlo a para dispositivos móviles que utilicen iOS o Android, el cual permite calcular el impuesto especial que haya que abonar según los activos a declarar, entre ellos el dinero en efectivo.

El Sinceramiento Fiscal de la Ley 27.260 es un régimen de declaración voluntaria y excepcional de tenencia de moneda y bienes, en el que se abona un impuesto especial por el reconocimiento de activos en el país y en el exterior. Dicho impuesto puede pagarse hasta el 31 de diciembre al 10% o bien hasta el 31 de marzo de 2017 con una alícuota especial del 15 por ciento.

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