Novedades
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La Presidenta extendió hasta el próximo 31 de diciembre la vigencia de la quita de las contribuciones correspondientes a los trabajadores regularizados.
El organismo que conduce Ricardo Echegaray emitió la resolución que perfecciona el flamante esquema de tributación que rige a partir de principios de año. La norma establece las pautas para la readecuación de categorías, el tratamiento de las actividades y el acceso a las obras sociales.
El fisco nacional realizó la adecuación al nuevo régimen que entra en vigencia a partir del 1º de enero próximo.
El fisco estableció la forma y el plazo que deberán respetar las compañías con cierre posterior al 30 de diciembre a fin de ingresar los pagos a cuenta.
El organismo a cargo de Ricardo Echegaray fijó las fechas de las distintas obligaciones impositivas y aduaneras en función de las terminaciones de la CUIT.
Sancionada: Diciembre 2 de 2009 Promulgada: Diciembre 21 de 2009 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: MAYORIA DE EDAD ARTICULO 1º — Modifícase el Código Civil en los artículos 126, 127, 128, 131 y 132 del Título IX, Sección Primera del Libro I; el artículo 166 inciso 5) y el artículo 168 del Capítulo III del Título I, Sección Segunda del Libro I; los artículos 275 y 306 inciso 2) del Título III, Sección Segunda del Libro II; el artículo 459 del Capítulo XII, Sección Segunda del Libro I, los que quedan redactados de la siguiente forma: ‘Artículo 126: Son menores las personas que no hubieren cumplido la edad de DIECIOCHO (18) años.’ ‘Artículo 127: Son menores impúberes los que aún no tuvieren la edad de CATORCE (14) años cumplidos, y adultos los que fueren de esta…
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